LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA EN ARGENTINA
Qué es, cuándo se aplica y qué normativa la regula.

La certificación energética —también llamada etiquetado de eficiencia energética— es el procedimiento técnico mediante el cual se evalúa y clasifica el desempeño energético de una vivienda o edificio. El resultado se expresa en una etiqueta con una escala alfabética de siete niveles (A a G), similar a la utilizada desde hace años para electrodomésticos, que permite comparar inmuebles entre sí bajo un criterio técnico unificado, en función de la energía que demandan para calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria e iluminación.
En Argentina, este instrumento cobra cada vez mayor relevancia: funciona como herramienta de gestión ambiental, como dato relevante en operaciones inmobiliarias y, en determinadas jurisdicciones, como requisito normativo de cumplimiento obligatorio. A continuación se resume su origen, su marco técnico y legal, y el estado de aplicación actual en el país.
ORIGEN Y MARCO NORMATIVO NACIONAL
El desarrollo de un sistema de certificación energética para viviendas se inició formalmente en diciembre de 2007, cuando el Decreto N.º 140/2007 puso en marcha el Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PRONUREE) y ordenó iniciar las gestiones para diseñar un sistema de certificación energética de viviendas. Como resultado de ese proceso, en 2010 el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) aprobó la norma IRAM 11900, que estableció por primera vez el procedimiento de etiquetado de eficiencia energética de calefacción para edificios. Esta norma fue actualizada en 2017, ampliando su alcance de la sola calefacción al conjunto de las prestaciones energéticas de la vivienda: calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria e iluminación.
Más recientemente, la Secretaría de Energía creó —mediante la Resolución N.º 5/2023 y su complementaria Resolución N.º 418/2023— el Programa Nacional de Etiquetado de Viviendas (PRONEV), con el objetivo de unificar los criterios de evaluación en todo el territorio nacional a través de un aplicativo informático único y un Registro Nacional de etiquetas, etiquetadores y formadores. A la fecha, dieciséis jurisdicciones se encuentran adheridas al programa.
Normas IRAM que integran el marco técnico de eficiencia energética edilicia:
| NORMA | DENOMINACIÓN | QUÉ REGULA |
| IRAM 11603 | Clasificación bioambiental de la República Argentina | Define las zonas bioclimáticas del país, base de cálculo para el resto de las normas. |
| IRAM 11604 | Ahorro de energía en calefacción | Establece el coeficiente volumétrico G de pérdidas de calor y sus valores admisibles. |
| IRAM 11605 | Condiciones de habitabilidad en edificios | Fija los valores máximos de transmitancia térmica (K) en muros, techos y pisos. |
| IRAM 11625 / 11630 | Verificación de condiciones higrotérmicas | Evalúan el riesgo de condensación superficial e intersticial, en paños centrales y en puntos singulares. |
| IRAM 11659-1 y 11659-2 | Ahorro de energía en refrigeración | Determinan la carga térmica de verano para edificios de vivienda. |
| IRAM 11900 | Etiquetado de eficiencia energética de calefacción para edificios | Establece el procedimiento de cálculo del IPE y el formato de la etiqueta de eficiencia energética. |
CÓMO SE CLASIFICA UN INMUEBLE
El indicador central del sistema es el Índice de Prestaciones Energéticas (IPE), expresado en kWh/m² por año, que representa la energía primaria que demandaría el inmueble para satisfacer sus necesidades de calefacción invernal, refrigeración estival, agua caliente sanitaria e iluminación, según los niveles de confort establecidos por las mejores prácticas vigentes. El IPE se calcula en función de la zona bioclimática correspondiente (IRAM 11603) y determina la Clase de Eficiencia Energética del inmueble. La etiqueta debe ser emitida por un certificador de eficiencia energética registrado y, según cada normativa provincial, tiene una vigencia de hasta diez años.
| CLASE | NIVEL DE EFICIENCIA ENERGÉTICA |
| A | Máximo nivel de eficiencia — mínima demanda de energía primaria. |
| B | Muy eficiente. |
| C | Eficiente. |
| D | Eficiencia media. |
| E | Eficiencia baja. |
| F | Muy baja eficiencia. |
| G | Mínimo nivel de eficiencia — máxima demanda de energía primaria. Es la clase que se asigna por defecto ante la ausencia de etiqueta. |
¿CUÁNDO SE APLICA? ALCANCE SEGÚN JURISDICCIÓN
A nivel nacional, la aplicación de la norma IRAM 11900 y la adhesión al PRONEV son, en principio, de carácter voluntario. Sin embargo, cada provincia conserva la potestad de establecer su propio marco legal y de definir si la certificación resulta obligatoria en su territorio. Santa Fe fue la primera provincia del país en sancionar una ley propia de etiquetado —en octubre de 2019— y es, a la fecha, la única jurisdicción donde el sistema tiene carácter obligatorio para los supuestos que la propia ley define. El resto de las provincias avanza a distinto ritmo: algunas ya cuentan con ley y reglamentación propias, otras adhirieron al programa nacional de forma voluntaria, y otras se encuentran todavía en etapa de elaboración de su proyecto legislativo.
| JURIDISCCIÓN | SITUACIÓN NORMATIVA |
| Santa Fe | Obligatoria en los supuestos previstos por la Ley N.º 13.903 (2019); reglamentada por el Decreto N.º 458/22 y actualizada por el Decreto N.º 387/2025. |
| CABA | Adherida al PRONEV desde marzo de 2026; emisión de etiquetas habilitada, con carácter voluntario. |
| Río Negro | Ley provincial vigente; programa en etapa de implementación activa. |
| Mendoza, Tucumán, Entre Ríos | Cuentan con ley provincial propia, en distintas etapas de reglamentación. |
| Provincia de Buenos Aires y Salta | Proyectos de ley en elaboración. |
| Resto de las jurisdicciones adheridas | Aplicación voluntaria, bajo los lineamientos unificados del PRONEV (16 jurisdicciones adheridas en total). |
EL CASO DE SANTA FE
En la provincia de Santa Fe, la Ley N.º 13.903 estableció el procedimiento de etiquetado tanto para inmuebles existentes como para proyectos constructivos. Fue reglamentada por el Decreto N.º 458/22 y la Resolución N.º 96/22 del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, y su reglamentación fue actualizada en marzo de 2025 mediante el Decreto N.º 387/2025, que reordenó el procedimiento, incorporó categorías por región y estableció beneficios fiscales —entre ellos, la reducción del impuesto inmobiliario— para los inmuebles etiquetados con mayor eficiencia.
La etiqueta tiene una vigencia de diez años, debe tramitarse ante un certificador matriculado con el visado del colegio profesional respectivo, y su gestión está sujeta al pago de una tasa de 500 Módulos Tributarios. La normativa provincial establece, además, que a partir de 2027 las viviendas de gestión oficial no podrán construirse con una clase de eficiencia energética inferior a C.
Para el ejercicio profesional en la provincia, este marco normativo resulta de conocimiento obligatorio: cualquier proyecto o intervención sobre una vivienda existente puede requerir la gestión de la etiqueta, y su ausencia asigna automáticamente al inmueble la Clase G, con la consecuente pérdida de beneficios impositivos y de valor en el mercado.
EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN, PASO A PASO
¿QUIÉN PUEDE CERTIFICAR?
La certificación debe ser realizada por un profesional matriculado —arquitecto, ingeniero o técnico, según la reglamentación de cada jurisdicción— inscripto en el Registro de Certificadores de Eficiencia Energética correspondiente, tras aprobar la capacitación específica exigida. En la mayoría de los casos, el informe técnico debe contar además con el visado del colegio o consejo profesional al que pertenece el certificador.
BENEFICIOS DE CONTAR CON LA CERTIFICACIÓN
CONCLUSIÓN
La certificación energética dejó de ser un tema exclusivamente ambiental para convertirse en una variable técnica y económica del ejercicio profesional. Con Santa Fe a la cabeza en materia de obligatoriedad y un número creciente de jurisdicciones adheridas al PRONEV, es previsible que en los próximos años la etiqueta de eficiencia energética se consolide como un requisito habitual en la documentación de obra, en las operaciones inmobiliarias y en la gestión de permisos municipales. Para el profesional de la construcción, incorporar esta herramienta a la práctica cotidiana ya no es una opción a futuro: es una actualización necesaria en el presente.